Obligaciones
de los propietarios, criadores y tenedores.
CAPÍTULO
II. Artículo 5. Identificación
•
Los
propietarios, criadores o tenedores de los animales a que se refiere la
presente Ley tendrán la obligación de identificar y registrar a
los mismos en la
forma y mediante el procedimiento que reglamentariamente se
determine.
•En
el caso de perros la identificación, con la debida garantía, es
obligatoria sin excepciones.
•La
Ley no indica cómo se registra
e identifica de forma reglamentaria. El registro (hasta la fecha obligatorio
en los distintos
ayuntamientos) parece obligatorio sólo para perros
considerados peligrosos.
Recomendamos,y
en Bim-Bom-Bam así lo hacemos, identificar por medio del microchip; y
registrar éste en el L.O.E., R.S.C.E.,
asociaciones de veterinarios (AVEPA),
y en el ayuntamiento donde resida el perro si es que éste dispone de
registro.
CAPÍTULO
II. Artículo 6. Registros
•En
cada municipio...existirá un Registro...clasificado por especies, en el que
necesariamente habrá de constar:
–Datos
personales del tenedor.
–Características
del animal que hagan posible su identificación.
–Lugar
habitual de residencia
–Especificar
si está destinado a compañía, ...guarda, protección u otra...
•Incumbe
al titular de la licencia la obligación de solicitar la inscripción en el
registro... Dentro de los 15 días..a la...obtención de la licencia...
•El
futuro propietario debe obtener la licencia de tenecia (ver capítulo I) y
solicitar la inscripción del perro en el Registro.
•Aunque
por Ley este Registro debe existir la realidad es otra...
•En
cada Comunidad Autónoma se constituirá un Registro Central informatizado
que podrá ser consultado por todas las Administraciones públicas y
autoridades competentes, así como por aquellas personas...que desee
adquirir un animal de estas características.
•Cualesquiera
incidentes producidos por animales ... A lo largo de su vida, conocidos...,
se harán constar en la hoja registral de cada animal, que se cerrará con
su muerte o sacrificio certificado por veterinario o autoridad competente..
•Si
bien es cierto que la mayoría de los incidentes (que son pequeños
incidentes) no son conocidos, el cumplimiento de este articulado serviría
no sólo para documentarse sobre una determinada raza, sino para informarse
de la fiabilidad en la selección del carácter (hereditario) de cada
criador. Por supuesto, la hoja del perro debería acompañarse de la del
propietario, porque en ocasiones cabe aplicar el refrán “de tal
palo...”
•Deberá
comunicarse al Registro municipal la venta, traspaso, donación, robo,
muerte o pérdida del animal, ... El traslado ... Por más de tres meses...
•¿Y el nacimiento...?
•En
las hojas registrales de cada animal se hará constar ... El certificado de
sanidad,..., que acredite, con periodicidad anual, la situación sanitaria
del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan
especialmente peligroso.
CAPÍTULO
II. Artículo 7. Adiestramiento
•Queda
prohibido
el adiestramiento de animales dirigido exclusivamente a acrecentar y
reforzar su agresividad para las peleas, y ataque ...
•El
adiestramiento para guarda y defensa deberá efectuarse por adiestradores
que estén en posesión de un certificado
de capacitación expedido u homologado por la autoridad
administrativa competente.
•Los
adiestradores ... Deberán comunicar trimestralmente al Registro Central
informatizado la realción nominal de clientes que han hecho adiestrar a un
animal potencialmente peligros...
•El
certificado de capacitación será otorgado por las Administraciones autonómicas....
CAPÍTULO
II. Artículo 8. Esterilización.
•La
esterilización de los animales ... Podrá ser efectuada de forma voluntaria
... O, en su caso, obligatoriamente por mandato o resolución de las
autoridades administrativas o autoridades judiciales, y deberá ser
inscrita en la ... Hoja registral.
•En
los casos de transmisión de la titularidad, ... Deberá suministrarse al
receptor del animal la certificación veterinaria de que .. Hansido
esterilizados.
•Aunque
parezca mentira, debemos alegrarnos de que la Ley exija que, cuando se
esterilice a un animal (voluntariamente o no), sea obligado que se implique
un Veterinario que deba garantizar con su firma que la esterilización se ha
llevado
•a
cabo sin riesgo y sin sufrimiento.
CAPÍTULO
II. Artículo 9. Obligaciones en materia de seguridad ciudadana e higiénico-sanitarias.
•Los
propietarios, criadores o tenedores deberán mantener a los animales que se
hallen bajo su custodia en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias y con
los cuidados y atenciones necesarios de acuerdo con las necesidades fisiológicas
y características ... Del animal
•Sería
necesario definir los parámetros bajo los cuales se evalúan las
necesidades de los animales. En el caso de los perros, todavía hay quién
elige el tamaño de la raza en función del espacio disponible, cuando todos
sabemos que el espacio debe ir más ligado al temperamento (un perro pastor
necesita menos espacio y menos ejercicio que un perro de caza).
•También
hay quién piensa que un perro no puede ser feliz en un piso, cuando
numerosos sicólogos caninos están de acuerdo en que la relación más
íntima entre perro y dueño se alcanza por esta causa, debido a la
dependencia mútua.
•De
todos es sabido que nada hace más feliz a un perro que la compañía de
su amo.
•En
cuanto a las condiciones higiénico-sanitarias es mucho lo que avanza la
veterinaria. Sólo dejar en el aire una pregunta, ¿Cómo es posible
que, en las exposiciones caninas, se exija únicamente la vacunación
antirrábica?.
•Los
propietarios, criadores o tenedores ... Tendrán la obligación de
cumplir todas las normas de seguridad ciudadana, ..., de manera que se
garantice la óptima convivencia de estos animales con los seres humanos
y se eviten molestias a la población.
•En
fin, sin comentarios!!!!!
CAPÍTULO
II. Artículo 10. Transporte de animales peligrosos
•...habrá
de efectuarse de conformidad con la normativa específica sobre bienestar
animal, debiéndose adoptar las medidas precautorias que las circunstancias
aconsejen para garantizar la seguridad de las personas, bienes y otros
animales, ...
•Desde
aquí queremos dar nuestro apoyo a la iniciativa de MRW para el transporte
de perros. ¡Ya era hora!.
•
CAPÍTULO
II. Artículo 11. Excepciones
•Cuando
las circunstancias así lo aconsejen, podrán establecerse
excepciones al cumplimiento de determinadas obligaciones de los
propietarios en casos de:
–Organismos
públicos o privados ... Con función social
–Explotaciones
agrarias ...
–Pruebas
de trabajo y deportivas con fines de selección de los ejemplares que
participan ...
•Está
claro, ¿no?
•Dicen
que quién hizo la Ley hizo la Trampa
•
CAPÍTULO
II. Artículo 12. Clubes de raza y asociaciones de criadores.
•Los
clubes de raza y asociaciones de criadores oficialmente reconocidas para
llevar los libros genealógicos deberán exigir, en el marco de sus
reglamentos, lass Pruebas de Socialización correspondientes a cada
raza, con el fin de que solamente se admitan para la reproducción
aquellos animales que superen esas pruebas satisfactoriamente, en el
sentido de no manifestar agresividad y, por el contrario, demostrar unas
cualidades adecuadas para su óptima convivencia en la sociedad.
•Este
artículado es de gran importancia. El estándar de las razas caninas
definen el aspecto físico y el carácter del animal, puesto que ambas
características son genéticamente seleccionables: El carácter se
Hereda.
•Por
otra parte, es importantísimo que los cachorritos se socialicen antes de
abandonar a sus padres. Por este motivo, es muy importante adquirir el perro
en un criadero serio y no llevarlo a casa hasta que haya cumplido 2 meses y
medio. Llevarlo a casa antes puede volverlo tímido (miedoso), lo que
resulta tan peligroso como la agresividad.
•El
bobtail por definición (estándar) carece completamente de agresividad, es
una raza sociable tanto con el hombre como con los demás perros (incluso
gatos y demás animales). Siente una debilidad especial por los niños,
hasta el punto de que parece sentirse uno de ellos. Su caracter
es alegre, juguetón y extrovertido, muy curioso con su entorno, le
encanta aprender cosas nuevas cada día. No es en absoluto jerárquico, por
lo que no encuentra motivos para pelearse con sus congéneres, preiere
rehusar cualquier invitación de este tipo y “irse a jugar a otra parte”
•Cuando
adquiramos un cachorro, ésta es la actitud que debemos observar en sus
padres. Si tenemos dudas, esperemos.
•En
las exposiciones de razas caninas quedarán excluídos de participar
aquellos animales que demuestren actitudes agresivas o peligrosas. Quedará
constancia de estas incidencias en los registros de los clubes y
asociaciones correspondientes y para los perros potencialmente peligrosos
deberán comunicarse a los registros a que se refiere el artículo 6 de la
presente Ley por parte de las entidades organizadoras.